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Convención frustró la Nueva Constitución

Todo el mundo se pregunta que va pasar después del 4 de septiembre, cuando se celebre el plesbicito de salida, que definirá la sustitución de la espuria constitución de los milicos y la derecha, impuesta a sangre y fuego. Felipe Portales da algunas luces.

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La Convención Constitucional aprobó un conjunto de disposiciones mucho más democráticas y de justicia social que la Constitución del 80, refrendada esta última –recordemos- como una “Constitución democrática”
por Lagos y todos sus ministros en 2005. Especialmente positivas son las nuevas disposiciones referentes a derechos sociales; derechos de los pueblos indígenas; descentralización regional; y conservación de los
equilibrios ecológicos. Sin embargo, una Constitución –para que tenga vigencia práctica- debe concretizarse en leyes. Si no, queda como un simple enunciado de buenas intenciones.

Y es aquí donde la Convención aprobó, increíblemente, disposiciones transitorias que frustrarán la posibilidad
de aprobar una legislación que permita sustituir el modelo económico neoliberal impuesto por la dictadura. En efecto, al disponer insólita e inéditamente (en un proceso constituyente) que el Congreso de la Constitución
fenecida apruebe las leyes que concreticen legislativamente sus disposiciones -y teniendo en cuenta que en dicho Congreso (el actual) la derecha tradicional cuenta con el 50% del Senado- será imposible, en caso que gane el Apruebo, aprobar (valga la redundancia) ninguna ley que no cuente con la aquiescencia de aquella. Y evidentemente que ella no estará disponible para aprobar NADA que altere sustancialmente el “modelo
chileno”.

Lo más desconcertante de todo es que la Convención no sólo tenía total legitimidad para aprobar que -en caso que se ratificase la nueva Constitución en el próximo plebiscito- se llamase a elecciones inmediatas de un nuevo Congreso; sino que, además, contaba con la plena legalidad para hacerlo. En efecto, de acuerdo al Artículo 138
de la Ley 21.200 (Reforma Constitucional de diciembre de 2019 que sustenta legalmente el proceso
constituyente), “la Nueva Constitución no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación
popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial”.

Y es muy claro que el Poder Legislativo experimentó “modificaciones sustanciales” en las disposiciones permanentes
del proyecto de Nueva Constitución. Y luego de un triunfo plebiscitario en ese sentido, es prácticamente
seguro que en las elecciones siguientes inmediatas se repita la misma mayoría, con el objeto de lograr que la Nueva Constitución
se pueda traducir efectivamente en leyes que la apliquen.

Más desconcertante aún –si cabe la expresión- es que con dicha inédita disposición transitoria la Convención
permitirá –en caso que gane el Apruebo- que en los próximos cuatro años el “bloque consensual” de los 30 años (Derecha + Ex Concertación) pueda reformar la Nueva Constitución como quiera, utilizando para ello los dos
tercios que posee tanto en la Cámara como en el Senado.

Recordemos que con dicho quórum no se requerirá un plebiscito ratificador para reformas de ese tipo. Y que, al menos, ya se expresó unanimidad de pareceres, desde republicanos hasta socialistas, en favor de conservar el Senado en su forma tradicional.

"Víctor Jara, nunca podrán borrar tu legado" 

Peor aún ha sido el hecho de que, al no haber elecciones parlamentarias inmediatas luego del eventual triunfo del Apruebo, no sólo se estará impidiendo que haya un Congreso con mayoría favorable para concretizar efectivamente la Nueva Constitución en leyes; sino que junto con ello ¡se asegurará que el gobierno de Boric no tendrá mayoría parlamentaria para poder implementar realmente su programa de gobierno!

Y tan sorprendente como todo lo anterior ha sido el hecho de que el conjunto de los partidos políticos –de Gobierno y de oposición- y la generalidad de los medios de comunicación ¡han callado y ocultado algo tan trascendente! Esto ya nos da un hilo para llegar a la trama. Esta es que cuando se efectúa una gran concesión política es natural que ambas partes (quien “regala” y quien es “regalado”) traten de mantenerla lo más oculta
posible frente a la opinión pública. Ya que se trata, en definitiva, de un monumental engaño que a ninguna de las partes le conviene que se sepa.

Y desgraciadamente en la historia reciente de Chile tenemos ya varios precedentes en este sentido. Partiendo por
el regalo de la mayoría parlamentaria a la futura oposición de derecha que efectuó el liderazgo de la Concertación a través de la Reforma Constitucional acordada y plebiscitada en 1989; a la vez que le proponía al pueblo grandes reformas legislativas que, en virtud de dicho regalo, no podría realizarlas. Y esto luego complementado con ¡el lento pero inexorable exterminio de los medios escritos de centroizquierda efectuados por los gobiernos de la
Concertación en la década de los 90, a través de la discriminación del avisaje estatal!; y –entre muchas otras cosas- por la tenaz negativa de sus sucesivos gobiernos a indemnizar al dueño del confiscado diario “Clarín” (Víctor
Pey) por la dictadura, quien se había comprometido a relanzarlo.

Todos estos gigantescos “regalos” de la Concertación han podido ser comprendidos gracias al descarnado reconocimiento de la derechización del liderazgo de la Concertación efectuado por su principal ideólogo, Edgardo Boeninger, en un libro que publicó en 1997 (“Democracia
en Chile. Lecciones para la Gobernabilidad”; Edit. Andrés Bello).
En efecto, Boeninger confesó que a fines de los 80 del siglo pasado, aquel liderazgo llegó a una convergencia con el pensamiento económico de la derecha, “convergencia que políticamente el conglomerado opositor no estaba en
condiciones de reconocer” (p. 369); y que “la incorporación de concepciones económicas más liberales a las propuestas de la Concertación se vio facilitada por la naturaleza del proceso político en dicho período, de carácter
notoriamente cupular; limitado a núcleos pequeños de dirigentes que actuaban con considerable libertad en un entorno de fuerte respaldo de adherentes y simpatizantes” (pp. 369-70).

Así, una similar “convergencia” llevó el 15 de noviembre de 2019 a concordar entre la derecha y la
“centroizquierda” (ahora aumentada con el Frente Amplio) la aprobación de una nueva Constitución a través de una convención que -sí o sí- se haría con un antidemocrático quórum de dos tercios; y que luego de ser aprobada por su mayoría de “centroizquierda” con disposiciones profundamente reformistas, solapadamente se entregaría –en caso de
confirmarse en el plebiscito próximo- al virtual veto de la actual mayoría parlamentaria de derecha…

Por si lo anterior fuese poco, el gobierno de Boric también se ha conformado con la insólita prórroga del actual Congreso que le impedirá disponer de mayoría parlamentaria para hacer efectivo su programa.

Asimismo, no ha manifestado ninguna intención de terminar con el virtual monopolio de medios de comunicación de derecha; y, peor aún, no ha dado hasta la fecha ninguna indicación de cumplir con el fallo de la Justicia española –o de allanarse a llegar a un acuerdo- de indemnizar a los herederos del dueño de “Clarín” (de nacionalidad chileno-española) para que este pueda relanzarse; rompiendo así al menos con el monopolio de la prensa diaria de la derecha.

En suma, en este contexto poco importará un triunfo del Apruebo o del Rechazo en el próximo plebiscito. En ambos casos, el futuro legislativo chileno se definirá necesariamente con el mismo esquema de “los 30 años”: Un “consenso” entre la “centroizquierda” y la derecha, en que esta última tendrá que dar su aprobación para todo cambio, el
cual obviamente no será para sustituir el “modelo chileno” impuesto por la dictadura…

Por Felipe Portales

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